Plazos para saber cuándo pasar la ITV

Cumplir con los plazos de la Inspección Técnica de Vehículos es fundamental para circular de forma legal y segura. El Real Decreto 920/2017 establece la frecuencia con la que cada tipo de vehículo debe pasar la ITV, variando según su antigüedad y uso. Sigue leyendo nuestra guía completa con los plazos actualizados, para que sepas cuándo debes llevar tu vehículo a la inspección y evites sanciones. ¡No dejes pasar la fecha y mantén tu vehículo al día!

Plazos de la ITV por Tipo de Vehículo

La frecuencia de la ITV varía significativamente según el tipo de vehículo y su antigüedad. A continuación detallamos los plazos más comunes:

Turismos y vehículos de hasta 9 plazas

  • Exentos hasta los 4 años.
  • Bienal de 4 a 10 años.
  • Anual a partir de los 10 años.

Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads

  • Exentos hasta los 4 años.
  • Bienal a partir de los 4 años.

Ciclomotores de dos ruedas

  • Exentos hasta los 3 años.
  • Bienal a partir de los 3 años.

Vehículos de mercancías (MMA <= 3500 kg)

  • Exentos hasta los 2 años.
  • Bienal de 2 a 6 años.
  • Anual de 6 a 10 años.
  • Semestral a partir de los 10 años.

Casos Especiales y Vehículos Específicos

Existen vehículos que requieren inspecciones con mayor frecuencia debido a su uso o características:

Vehículos de autoescuela (hasta 9 plazas)

  • Exentos hasta los 2 años.
  • Anual de 2 a 5 años.
  • Semestral a partir de los 5 años.

Autobuses y autocares

  • Anual hasta los 5 años.
  • Semestral a partir de los 5 años.

Vehículos de mercancías (MMA > 3500 kg) y remolques (> 750 kg)

  • Anual hasta los 10 años.
  • Semestral a partir de los 10 años.

Vehículos históricos

  • Bienal hasta los 40 años.
  • Trienal de 40 a 45 años.
  • Cuatrienal a partir de los 45 años.

Otros Vehículos y Usos

Además de los casos anteriores, existen otros tipos de vehículos con plazos específicos:

Vehículos especiales (obras y servicios):

  • Exentos hasta los 4 años.
  • Bienal de 4 a 10 años.
  • Anual a partir de los 10 años.

Tractores con velocidad máxima superior a 40 km/h

  • Hasta 4 años: Exento.
  • De 4 a 16 años: Bienal.
  • Más de 16 años: Anual.

Resto de tractores y maquinaria agrícola (velocidad inferior o igual a 40 km/h)

  • Hasta 8 años: Exento.
  • De 8 a 16 años: Bienal.
  • Más de 16 años: Anual.

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